Es la pregunta más común de quien entra a RESICO: "si no puedo deducir, ¿para qué pido factura?".
Para el ISR: no cuentan
En RESICO personas físicas, el ISR se calcula solo con tus ingresos cobrados. Tus gastos no lo reducen.
Para el IVA: sí cuentan
El IVA de los gastos estrictamente relacionados con tu actividad, pagados y facturados a tu RFC, se resta del IVA que cobras. Ejemplos típicos:
- Equipo de cómputo y software que usas para trabajar.
- Renta de oficina o coworking.
- Internet y telefonía de tu negocio.
- Publicidad y servicios profesionales.
Para tu control: también
Aunque no deduzcas, saber cuánto gastas te dice cuánto ganas realmente. Muchos freelancers descubren que su margen es menor de lo que creían.
Requisitos para que el IVA sea acreditable
- Factura a tu RFC con el uso de CFDI correcto.
- Pago efectivamente realizado, de preferencia con transferencia o tarjeta.
- Relación con tu actividad.
Cómo te ayuda Yo Te Lo Facturo
Bajamos tus facturas recibidas del SAT cada noche, las agrupamos por proveedor y concepto y calculamos tu IVA acreditable. Ya no tienes que juntar PDFs de tu correo.