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RESICO y sueldo, ¿puedes tener ambos ingresos?

Muchos freelancers también tienen un empleo. Te explicamos cómo conviven el RESICO y los ingresos por salarios.

Sí: puedes trabajar como empleado y además tributar en RESICO por tus actividades independientes, siempre que la suma de tus ingresos no supere los 3.5 millones al año.

¿Cómo se pagan los impuestos de cada uno?

  • Sueldo: tu empleador te retiene el ISR cada quincena o mes, como siempre.
  • RESICO: tú pagas cada mes el ISR de 1% a 2.5% sobre lo que cobres por tu actividad independiente, más el IVA que corresponda.

Los dos ingresos no se mezclan en el cálculo mensual.

¿Y en la declaración anual?

Cada tipo de ingreso tiene su propio tratamiento. Tu patrón te entrega constancia de sueldos y retenciones, y tus ingresos de RESICO se declaran en su sección.

Recomendaciones

  • Separa una cuenta bancaria para tus ingresos independientes.
  • Factura todo lo que cobres por fuera de tu empleo.
  • No olvides que el IVA de tu actividad independiente también se declara.

Cómo te ayuda Yo Te Lo Facturo

Solo registras tu actividad independiente: tus facturas, cobros y gastos. Tu ISR RESICO e IVA del mes se calculan aparte de tu sueldo, como debe ser.

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